Condiciones que tienen que cumplir las naves para gallinas en cuanto a medidas y dimensiones.
Las explotaciones de Avicultura de carne de la especie Gallus gallus se rigen por el
Real Decreto 1084 2005 del 16 de septiembre.
El decreto dice que tiene que haber una distancia mínima a poblaciones carreteras caminos y otras explotaciones de
500 metros. Y las condiciones constructivas de la nave es que necesita un área delimitada y aislado del exterior.
En explotaciones de reproducción de gallinas de la especie Gallus gallus, el Real Decreto da unas
densidades máximas según el tipo de ventilación que exista en la nave, si hay ventilación natural ventanas pueda ver
4,7 aves por metro cuadrado, si además de la ventilación hay un sistema de refrigeración o calefacción puedo haber
5,3 gallinas por metro cuadrado, si la ventilación es forzada el número de gallinas son
5,7 y esto es cuando hay ventiladores y por último si además de ventiladores hay calefactores o refrigeradores nos deja tener por metro cuadrado de nave construida
6,3 aves.
En explotaciones de cría de carne de la mencionada especie Gallus gallus nos dice el reglamento que no se puede superar los
30 kg por metro cuadrado, salvo que haya una buena renovación de aire que pueda ver
38 kilogramos por metro cuadrado esto son cifras máximas que la administración puede bajar.
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Naves prefabricadas |
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Naves de estructura metálica y placas de hormigón |
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